Edificio del Tribunal Constitucional. (Wikipedia.org)
Hoy tres miembros del Tribunal Constitucional, el vicepresidente, Eugeni Gay, y los magistrados Elisa Pérez Vera y Javier Delgado Barrio, han presentado su renuncia al cargo fundamentada en un mismo hecho: la defensa constitucional del plazo de pertenencia al Tribunal, por la excesiva demora en el nombramiento de nuevos magistrados.
Pascual Sala, el Presidente del Tribunal Constitucional, ha rechazado su dimisión, en uso de las atribuciones que le otorga el artículo 23 de la L.O. del Tribunal Constitucional, que, en su párrafo primero, establece que la causa de cese por renuncia, debe ser aceptada por el Presidente del Tribunal:
Uno. Los magistrados del Tribunal Constitucional cesan por alguna de las causas siguientes:
- Primero: Por renuncia aceptada por el presidente del Tribunal;
El problema del Tribunal Constitucional es que nació herido de muerte desde el momento en que la propia Constitución estableció, tal como se recoge en la norma que rige su funcionamiento, que los miembros de este tribunal serían elegidos en su mayoría por las Cámaras:
1. El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.
Es decir: nace viciado en su libertad puesto que sus miembros deben ser elegidos en su mayoría por órganos políticos. Se ha demostrado a lo largo de toda su historia que ese sistema pervierte la independencia y les convierte en demasiado sensibles a los deseos del Gobierno cuando dictan sus sentencias en asuntos delicados. No hace falta que recuerde hechos recientes como el Estatuto de Cataluña, la sentencia sobre Bildu u otros más antiguos, como el «caso Rumasa».
Digo que es endemoniado; porque para corregir ese error que elimina la independencia del Tribunal, habría que modificar la Constitución. Para eso, han de votar la reforma las tres quintas partes de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se constituirá una comisión paritaria que elaborará el texto que será aprobado por el Congreso y el Senado. Si no se aprobara ese texto por la mayoría de 2/5 en ambas cámaras; pero lo fuera por mayoría absoluta en el Senado, bastarían 2/3 en el Congreso para su aprobación.
Una vez superado este trámite, ha de someterse a referéndum la reforma, con lo que la complejidad del sistema desanima, de entrada todo intento; amén de que es raro que un gobierno se avenga a perder el control conquistado de este órgano, anteponiendo el interés general de su independencia al interés particular del partido.
El drama del TC no es el único en la Justicia. El Consejo General del Poder Judicial, el órgano de gobierno de los Jueces o lo que es lo mismo: el órgano regulador del tercer poder, junto al Ejecutivo y el Legislativo, también nació muerto. Está integrado por veinte vocales, presididos, por ley, por el Presidente del Tribunal Supremo.
Esos veinte vocales no son elegidos, como es lógico por los propios jueces, sino que cada cámara elegirá por mayoría tres quintas partes de sus miembros, ncuatro Vocales entre Abogados y otros juristas de reconocida competencia con más de quince años en el ejercicio de su profesión. Además, cada una de las cámaras propondrá, por mayoría de tres quintos de sus miembros, otros seis Vocales elegidos entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales. De nuevo, el Legislativo controla de forma completa al órgano de gobierno de los jueces; pero aún hay más.
Sus competencias se reducen al nombramiento de jueces, informes de anteproyectos de Ley, no vinculantes, cuestiones disciplinarias y otros asuntos menores. No se le dota, como a los otros dos poderes, de una organización gestora que maneje un presupuesto y ostente poder para cumplir su papel esencial, al margen de impartir justicia entre los administrados: constituirse en un tercer poder con recursos y peso sobrados para controlar al ejecutivo y el legislativo.
Gracias a todo ese conjunto de circunstancias, el Poder Judicial es rehén de los otros dos, queda desactivado por la vía más sensible: depende de la generosidad del Legislativo y el Ejecutivo; primero para que se le dote de recursos materiales y humanos para ejercer su función y segundo, para mantener una independencia comprometida desde la raíz, desde el momento en que el órgano que rige la Justicia está en manos de los partidos y tiene muchas dificultades para conservar su independencia y adquirir prestigio ante los ciudadanos, secuestrado por las Cámaras.
La rebelión de los tres que se nos sirvió hoy, es la muestra de la penuria en que vive el Poder Judicial desde la entrada en vigor de la Constitución. Secuestrado por los partidos, lucha contra viento y marea por su independencia con todo en contra. Sólo tienen una esperanza: que los ciudadanos, hartos de percibir la sumisión obligada de los jueces, protagonicen una cruzada decidida para dotarles de la independencia que se les robó en los albores de la democracia.
Pascual Sala, con su rechazo prepotente a la dimisión, una vez más, hace un flaco servicio a la Justicia y su causa.
6 comentarios:
Muy cierto todo lo que dice, Dª Carmen.
Sin embargo, y aún reconociendo que la medida no resolvería el problema de fondo de la Justicia española, hay una vía rápida de mejora para el CGPJ, la reforma de la Ley Orgánica del poder Judicial en el sentido mayoritariamente reclamado por los jueces.
Se cortaría (o al menos, se mitigaría) una de las vías de agua más grandes del sistema, la politización "salvaje" de los nombramientos.
Estamos de acuerdo, Gulliver. Sería un gran paso despolitizar el CGPJ y si se pudieran ampliar sus atribuciones para que se convierta en un tercer poder, de verdad, sería bueno para todos; pese a que haya jueces que den tanto miedo como Zapatero.
¿No estará pensando en el mismo que yo?
Los partidos políticos, el Tribunal Contitucional y el Consejo General del Poder Judicial, son islas de dictadura dentro de una pretendida democracia en la que no hay división de poderes. Es una vergüenza.
Un saludo.
Una sociedad como la española, capaz de inventar la paradoja de una democracia absolutista, no tiene más arreglo que una problemática reforma constitucional que remedie la actual indivisión de poderes y la sustitución de la descentralización administrativa por un sistema autonómico económicamente insostenible
No estoy segura de qué piensa usted, Gulliver; pero es muy probable que sí.
Jano, disiento en cuanto al TC y el CGPJ: no son dictaduras, sino instituciones secuestradas por los políticos que las mangonean del peor modo: desde la plena legalidad formal y la vulneración flagrante de la esencia de sus prerrogativas: la búsqueda del mejor interés común.
Estoy totalmente de acuerdo con usted, don Bosco.
Gracias por su visita, caballeros.
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