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La palabra foro tiene diferentes significados; pero nos referiremos a dos: el primero, define al espacio material donde los tribunales de Justicia oyen y determinan las causas. El segundo, se refiere al sitio elegido por un grupo de personas para discutir un asunto importante. El tercero, no recogido en los diccionarios, es una extensión del anterior: un espacio inconcreto de observación y debate en el que cualquier ciudadano puede atraer la atención de otros y constituir objeto de comentarios, no siempre favorables.
Todos los periodistas, columnistas, blogueros, incluso los ciudadanos de a pie, como ocurre siempre con estas cosas, antes de manifestar su opinión se colocaron en el cuarto de la salud e invocaron la «presunción de inocencia» que, sin ninguna duda, le otorgaban; pero...
Volvamos a los tres foros. Toda persona, salvo quienes vivan aisladas por completo, es observada por su entorno. Mis vecinos de edificio, por ejemplo, me ven entrar y salir, observan si cuido mi apariencia, si hago ostentación en mi vestimenta y complementos de una gran capacidad económica que puede resultar incomprensible. A veces escuchan las conversaciones o las discusiones que ofrece la indiscreción de una ventana abierta en la que no he reparado.
Los de enfrente, tendrán a la vista la panorámica de determinadas estancias de mi casa, verán reuniones o escenas domésticas y unos y otros, partiendo de esas «instantáneas» irán acumulando un dossier en el que puede que vean cosas que les intrigan, incluso inquietan; comentarán con otros que me conocen esos detalles, especularán, es inevitable y a veces, sus especulaciones serán dañinas para mi imagen o mi honor. Puede ser muy injusto; pero es el precio que hemos pagado todos los que optamos por vivir en comunidad.
Si el asunto de la observación alcanzara niveles lo bastante notables de alarma para mi entorno (por ejemplo porque perturbo con ruidos o hábitos muy molestos la tranquilidad del vecindario) podría generar una reunión destinada a debatir el problema y buscar soluciones (aquí aparece la segunda acepción del diccionario). No puedo imaginarme a los vecinos iniciando sus intervenciones diciendo: «Aún respetando a ultranza el principio de inocencia consagrado por la Constitución....». El delirio sería que yo, al enterarme de la actividad del «foro social» denunciara o me querellara con los participantes acusándoles de que violaron mi derecho a la presunción de inocencia.
¿Han sonreído con el final del párrafo? ¡Justo! Es descabellado lo que describo por una razón: la presunción de inocencia opera solo en un foro: el judicial. Significa que el tribunal que ha de enjuiciar un delito, ha de iniciar el juicio con la idea de que el acusado es inocente y que han de ser las partes: fiscal y acusación particular, si la hay, quienes le demuestren con una actividad probatoria suficiente que es culpable y debe ser condenado en los términos establecidos por la ley penal.
Ningún periodista, tertuliano, bloguero o ciudadano (por grande que sea el amor al cotilleo de este último), está obligado a respetar la presunción de inocencia; porque son solo los jueces quienes tienen la obligación indeclinable de ser guardianes del derecho del acusado a que se le considere inocente hasta que se demuestre lo contrario la vista oral.
Por ello, resulta tan ridícula como pomposa esa reserva. Los únicos límites para el ciudadano de a pie, incluidos los periodistas, es evitar las especulaciones infundadas, las expresiones injuriosas, vejatorias o calumniosas, al analizar unos hechos.
«La pena de telediario» puede ser muy dura e injusta, en especial cuando el personaje que ha sufrido ese análisis impío resulta inocente; pero la queja de que los medios han vulnerado la presunción de inocencia es una tontería (boutade, si les parece más elegante). No solo por lo que he dicho antes, sino porque el juicio de los foros sociales (entre los que los medios de comunicación son el ámbito más relevante) es un deber, tanto de los ciudadanos de a pie, como de los cualificados por su oficio de informadores, en una sociedad democrática.
Toda persona que opta con plena libertad por ejercer una actividad política, asume de antemano que todos sus actos, públicos y privados, estén sujetos a observación y análisis. Es su deber proceder con absoluta honestidad y evitar toda conducta que pueda inducir sospechas de falta de honestidad. Siempre habrá personas maliciosas que encuentren un resquicio para encontrar en la conducta más inocente elementos de sospecha; pero esos riesgos van en el cargo y el único modo de evitarlos es mantenerse en la esfera privada.
Si un cargo público se reúne con una persona que acaba siendo acusada de cometer uno o varios delitos en un lugar «impropio», como una gasolinera, mientras viaja en su coche oficial con escolta oficial, reconoce que se produjo ese encuentro; pero afirma que fue para tratar un asunto privado y consta que (tras el acceso del incurso en la investigación que afirma que una vez que entró en el vehículo oficial le entregó cuatrocientos mil euros), fueron a comer en amor y compaña, no puede invocar ante la sociedad la presunción de inocencia. Eso queda reservado al foro judicial. Para el social, lo que reza es el viejo adagio atribuido a César: «La Mujer de César no sólo ha de ser honesta, ha de parecerlo» y en este ámbito rige lo contrario: hay que demostrar que, pese a las apariencias, la mujer del César es honesta.
Es triste que a estas alturas de la democracia aún haya que poner negro sobre blanco conceptos tan básicos; pero es evidente que a España y sus ciudadanos les falta aún mucho rodaje en este terreno.